Santa Fe se adhirió a la Ley Nacional de Talles: qué cambia en la ropa

Fuente: Aire de Santa Fé – El Senado santafesino aprobó la adhesión provincial a la Ley Nacional de Talles, por lo que giró el texto al Poder Ejecutivo para su reglamentación.

La provincia de Santa Fe adhirió a la Ley Nacional de Talles mediante una norma provincial que ahora deberá refrendar el Ejecutivo, por lo que tendrá vigencia en el distrito la obligación de fabricantes, importadores y comerciantes de indumentaria de identificar las prendas, adaptadas a diferentes géneros y grupos etarios.

Se trata de implementar en la provincia el Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (Suniti), que fue establecido en el país por la ley 27.521 y que no deja lugar a interpretaciones sobre cómo obligar a la industria textil y a los comercios a respetar en su oferta el acceso a la compra de las prendas de vestir.

El Senado santafesino aceptó los cambios introducidos en la Cámara de Diputados y aprobó la adhesión provincial, por lo que giró el texto al Poder Ejecutivo para su reglamentación.

La activista Daiana Rosales, explicó que «gracias a la ley de talles, están todos en obligación de tener todo el tipo de talle en todos los lugares y, al mismo talle que yo me compro en un lado, lo puedo conseguir en otro y así en distintos lugares y con todo tipo de prendas».

«Lo que se busca con la ley, que actualmente no está reglamentada, es que las medidas que había para regular la ropa y garantizar la disponibilidad de talles, que eran medidas de un cuerpo que no correspondía al argentino, eran como una tabla de medidas europeas o de otros lados, se adapten a las medidas que tiene tu país», sostuvo.

Cómo funciona la Ley Nacional de Talles

El Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (Suniti) fija medidas corporales estandarizadas que regulan, conforme la reglamentación de la ley, la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria para los argentinos, a partir de los 12 años.

En ese sentido, el Ejecutivo Nacional realizará cada 10 años los estudios antropométricos correspondientes, para relevar las medidas y proporciones de las personas.

Con estos datos, se confeccionará con confiabilidad estadística, los talles para cada grupo etario, por género y región, para poder conocer el porcentaje de personas incluidas dentro un rango de talles considerado.

La ley dispone que sea el Ministerio de la Producción la autoridad de aplicación con el fin de desarrollar actividades tendientes a la información, concientización, capacitación o cualquier otro tipo de acción que considere necesaria para el cumplimiento de disposiciones.

La cartera productiva deberá también ejercer el control, vigilancia y juzgamiento en el cumplimiento de la Ley Nacional 27.521 respecto de las presuntas infracciones cometidas, así como realizar campañas de difusión masiva en todos los medios de comunicación.

También se le encomienda a Producción establecer líneas de crédito con tasa bonificada, subsidios u otras formas de asistencia, apoyo e incentivo económico destinados a PyMES y MicroPymes para el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Además, le indica la creación de un comité interministerial de talles para la confección y comercialización de indumentaria que contemple la participación de los Ministerios de Salud, Educación e Igualdad, Género y Diversidad.

Los comerciantes, fabricantes o importadores de indumentaria deben identificar cada prenda con el Suniti con una etiqueta que debe estar adherida a la prenda, junto con un pictograma que exhiba las medidas estandarizadas del talle en cuestión.

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