Fuente: Servicio Informativo Oficial de Chaco ~ Tras la aprobación de la Ley de Talles, la cartera industrial-productiva inició un esquema de capacitación y concienciación a trabajadores y diseñadores de diferentes talleres textiles de la provincia.
Chaco se convirtió en la primera provincia del país en comenzar a trabajar sobre la Ley de Talles (27.521) a partir de un enfoque directo sobre los talleres textiles a nivel local pero también en cuanto a concienciación de consumidores y comercios de venta al público.
El esquema es llevado adelante desde el Programa Provincial de Educación para el Consumo, dependiente de la Subsecretaría de Comercio Exterior y Defensa de la Competencia del Ministerio de Producción, Industria y Empleo del Chaco.
“En 2021 pusimos en marcha un plan de trabajo tras la aprobación del Gobierno Nacional, a través del decreto 375/2021, en que se reglamentó la Ley de Talles , que establece la aplicación obligatoria en todo el país del Sistema Único Normalizado de Talles de Indumentaria (Suniti)”, explicó este lunes Fabio Maciel, coordinador de Educación para el Consumo.
El Suniti hace a la fabricación, confección, importación y comercialización, tanto presencial como digital, de indumentaria, destinada a la población en general desde los 12 años de edad.
Esta normativa y su decreto reglamentario tienen como horizonte obtener los talles aproximados y reales, que contemplen las diferentes corporalidades de las y los argentinos, a través de un estudio antropométrico, a fin de relevar las medidas y proporciones existentes de las personas, de acuerdo al grupo etario, de género y región que pertenecen.
“De acuerdo a ello, y considerando la gran cadena textil algodonera existente en el Chaco, se propuso iniciar una primera etapa de capacitación, concienciación y formación en la temática, destinada a trabajadores y diseñadores de diferentes talleres textiles”, precisó Maciel.
Este esquema propone invitar a esos trabajadores y trabajadoras del sector a pensar, problematizar y reflexionar en contra de la estigmatización por cuestiones de tallas, la importancia de tener presente a todos los cuerpos y corporalidades en el diseño, corte y confección de prendas, como también la diversidad de identidades de género y de estilos.
“Esto refiere a pensar la Ley desde un enfoque de género que problematice los estándares de talla tradicional, los cuales tienen sus raíces en los modelos de cuerpos hegemónicos y estereotipados de varones, mujeres, niñas y niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas, dejando de lado los cuerpos gordos, no heterosexuales, inscribiéndoles un significado negativo como discriminatorio al momento de la elección y acceso de una determinada indumentaria”, acotó el coordinador del programa provincial.
Capacitaciones realizadas
Hasta el momento se realizaron capacitaciones en Makallé, Barranqueras, Lapachito, La Verde y Resistencia, que alcanzaron a más de 70 personas que se desempeñan desarrollando diferentes roles y funciones en los múltiples talleres textiles de la provincia.
“Luego de cada una de esas jornadas que llevamos adelante, todas y todos quienes formaron parte recibieron un certificado de participación que avala la trayectoria formativa”, indicó Maciel.
Para este año, desde la agenda del Ministerio se proyecta alcanzar a cada localidad que cuente con talleres textiles en funcionamiento, y a quienes están en conformación, procurando que todas las personas que trabajen en la industria textil puedan conocer los aportes significativos de la Ley de Talles, y a su vez pensar críticamente en la diversidad de cuerpo que están presente en la ciudadanía.
Por otra parte, una vez que se finalice el estudio antropométrico y se definan los nuevos acuerdos en la fabricación, confección, importación y comercialización de indumentaria, ya con una tabla de talles propia de la Argentina, se procederá a convocar a comerciantes a capacitarse sobre la Ley y su decreto reglamentario.
“Lo que plantea la normativa expone ciertos lineamientos para su implementación entre ellos velar por el desempeño de buenas prácticas comerciales que se basen en el trato digno y no discriminatorio, vejatorio o estigmatizante, referida al aspecto físico, al género, orientación sexual, identidad de género u otra característica del consumidor y consumidora, exponiendo de forma clara, cierta y detallada la tabla de medidas corporales normalizadas y establecidas por el Suniti, ya sea en locales físicos, en operaciones fuera del establecimiento o en medios electrónicos”, finalizó.