Hay plan de pagos y AFIP suspende los embargos

Fuente: Ambito ~ El organismo puso en marcha las nuevas medidas para salir al rescate de los contribuyentes más chicos del sistema. Las facilidades contemplan hasta 120 cuotas. Primera cancelación deberá hacerse en diciembre.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha la suspensión de embargos a contribuyentes en mora y lanzó el nuevo plan de pagos de hasta 120 cuotas para pymes y autónomos retrasados en el cumplimiento de sus obligaciones con el fisco.
De acuerdo con lo informado por el organismo, las que siguen son las principales características del nuevo programa de beneficios:
Se incluyen deudas vencidas hasta el 15 de este mes.* La tasa máxima será 2,5% mensual para las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos.

Los contribuyentes podrán ingresar entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de este año.

El primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo.

Para pymes, micros, autónomos y monotributistas, se contempla un máximo de hasta 120 cuotas sin ningún pago a cuenta.

Resto de contribuyentes: Anticipo 5%, 36 cuotas, tasa TM20 BCRA; anticipo 10%, 48 cuotas tasa TM20 BCRA; y anticipo 20%, 60 cuotas, tasa tope %2,5.

Se suspende por 90 días corridos la traba de medidas cautelares. También podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas.

A partir del 17 de septiembre se podrán refinanciar las deudas incluidas en el plan anterior.

El nuevo plan permite regularizar las obligaciones impositivas y previsionales.

Obligaciones anuales (Ganancias y Bienes Personales) se podrán financiar a través del Miniplán, que se reabrirá entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre.

La AFIP categorizará como pymes a los contribuyentes que no se hayan registrado previamente como tales a los fines de incluirlos entre los beneficiarios de estas medidas, sobre la base de parámetros objetivos y análogos a los del Ministerio de Producción.

Monotributo

Se bonifica el pago del componente impositivo de la cuota del Monotributo del mes próximo.

El beneficio alcanza a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que hubieran cumplido con las obligaciones de pago mensual correspondientes a los períodos enero-agosto de 2019 (hasta el día 21 de agosto inclusive), o hubieran regularizado esas cuotas en los planes de facilidades de pago vigentes.

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