Fuente: La Nación ~ Se trata de un día a nivel nacional en donde los trabajadores del sector podrán cerrar las puertas de sus locales y gozar de un día de descanso.
El lunes 26 de septiembre se festeja a nivel nacional el Día del Empleado de Comercio, que remite al día de 1934, durante la presidencia de Agustín Pedro Justo, en el que se legislaron las relaciones del trabajo con la sanción de la Ley N°11.729.
Se trata de un día no laborable, por lo que todos los empleados de este sector podrían gozar de una jornada de descanso. En ese sentido, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) destacó que los trabajadores tienen el derecho de no trabajar en esa fecha, tal como dispone la Ley Nacional 26.541.
Pese a esto, aquel lunes, los comerciantes no estarán obligados a cerrar sus locales, aunque es algo a lo que se acostumbra, al punto de que las grandes cadenas de supermercados y los centros comerciales no abrirán sus puertas.
De esta manera, los empleadores deberán acordar, junto a los trabajadores de su compañía, la modalidad que se llevará a cabo en cada caso, excepto en ciertas profesiones que se rigen por su propia reglamentación. En caso de que se decida que deberán trabajar ese día, el mismo deberá ser remunerado como una jornada normal más el monto que corresponde a un feriado.
El año pasado, como caía un domingo, se decidió trasladarlo al lunes siguiente como una forma de evitar perjudicar las ventas del fin de semana en un sector que sufrió fuertemente las restricciones durante la pandemia del coronavirus.
La fecha del Día del Empleado de Comercio se estableció en 2009 con la modificación del Artículo Nº76 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75, el cuál determinó que esta jornada se debe celebrar cada año.
El último 19 de agosto, la Faecys -que, con alrededor de 1,2 millones de afiliados, es el gremio más numeroso del país- informó en un comunicado que se acordó, junto a la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca), adelantar en ese mes el aumento salarial del 10,5 por ciento previsto para enero 2023 como consecuencia de “la aceleración de los precios” que se produjo en el último tiempo.
“Cabe recordar que la paritaria de Comercio se extiende de abril del 2022 a marzo del 2023 y que, a partir de lo acordado en abril, ya se incorporó al salario un 6 por ciento de abril, 6 por ciento de mayo y 6 por ciento de junio, mientras que para agosto estaba previsto un 10 por ciento y se añadirá el 10,5 por ciento acordado recientemente”, señalaron desde la federación.
Del mismo modo, se agregó un 10 por ciento en septiembre y un 11 por ciento en noviembre, en función de lo convenido. De esa forma, a fin de año, el salario básico pasará a ser de $139.000 para los trabajadores del gremio.
Al respecto, el secretario general de la Faecys,Armando Cavalieri, destacó: “Logramos adelantar un tramo de la paritaria previsto para enero contemplando el impacto de la aceleración de los precios, tal como lo hicimos en abril pasado luego de los incrementos de los primeros meses del año”. En el mismo sentido, adelantó que se abrirá una nueva revisión en enero para que los “trabajadores no pierdan poder adquisitivo e ir acompañando la evolución de los precios”.